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Institucional

Empleados de Comercio: se acordó un aumento salarial del 5,7% y una suma extraordinaria de $50.000

28 de octubre de 2026

Empleados de Comercio: aumento del 5,7% y pago extra de $50.000 Las cámaras empresarias y el sindicato de Empleados de Comercio firmaron un nuevo acuerdo salarial que comienza a regir desde octubre de 2026. El acuerdo establece un aumento del 5,7%, dividido en tres partes: - Octubre: 1,9%. - Noviembre: 1,9%. - Diciembre: 1,9%. Los aumentos se calculan sobre los salarios de septiembre de 2026, incluyendo los adicionales establecidos para ese mes. Además, los trabajadores recibirán un pago extraordinario de $50.000, dividido en dos cuotas: - $25.000 con el sueldo de octubre. - $25.000 con el sueldo de noviembre. Este pago es por única vez y no forma parte del salario habitual. El acuerdo corresponde a los trabajadores incluidos en el Convenio Colectivo de Comercio N.º 130/75. En enero de 2027, las partes volverán a reunirse para revisar la situación salarial. La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) firmaron un nuevo acuerdo de revisión paritaria para los trabajadores de la actividad mercantil. El acuerdo establece un incremento salarial del 5,7%, que se aplicará sobre las remuneraciones básicas correspondientes al Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75. Para calcular el aumento se tomarán como referencia los valores salariales de septiembre de 2026, incluyendo las sumas no remunerativas vigentes en ese mes. Cómo se aplicará el aumento salarial El incremento del 5,7% será remunerativo, no acumulativo y se distribuirá en tres tramos: - Octubre de 2026: 1,9%. - Noviembre de 2026: 1,9%. - Diciembre de 2026: 1,9%. Los porcentajes se calcularán sobre la misma base salarial de septiembre de 2026, sin acumularse entre sí. Suma extraordinaria de $50.000 Además del incremento salarial, las partes acordaron el pago de una suma extraordinaria de $50.000, de carácter no remunerativo, no acumulativo y por única vez. Este importe se abonará en dos cuotas: - $25.000 junto con el sueldo de octubre de 2026. - $25.000 junto con el sueldo de noviembre de 2026. Vigencia y próxima revisión El acuerdo tiene vigencia desde el 1 de octubre de 2026. Asimismo, las entidades empresarias y la representación sindical asumieron el compromiso de reunirse nuevamente en enero de 2027 para analizar las variaciones económicas que pudieran registrarse y evaluar la situación salarial del sector. Consideraciones para Tierra del Fuego El acuerdo establece que los incrementos pactados no serán vinculantes para otros acuerdos salariales que puedan celebrarse en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego. Sin embargo, una vez homologado el acuerdo, las sumas resultantes de los incrementos constituirán el mínimo salarial establecido por el convenio colectivo.