Facturación: ARCA introduce cambios en el régimen de emisión de comprobantes
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero publicó la Resolución General 5824/2026, que introduce modificaciones al régimen de emisión de comprobantes establecido por la Resolución General 1415.
La norma busca optimizar la información disponible para la administración tributaria y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales mediante la utilización de datos ya existentes en los sistemas del organismo.
Las principales modificaciones son las siguientes:
Identificación del consumidor final en operaciones de alto monto
Cuando una operación con consumidor final sea igual o superior a $10.000.000, el comprobante deberá incluir la identificación del comprador mediante:
-
Documento Nacional de Identidad (DNI)
-
Código Único de Identificación Laboral (CUIL)
-
Clave de Identificación (CDI)
-
Documento o pasaporte en caso de extranjeros.
Asimismo, cuando el adquirente requiera el comprobante para computar deducciones en el Impuesto a las Ganancias, deberá consignarse su CUIT, independientemente del monto de la operación.
Liquidación electrónica mensual
La resolución incorpora la posibilidad de emitir comprobantes electrónicos de liquidación mensual, permitiendo agrupar en un único comprobante las operaciones realizadas durante un período.
Este esquema podrá ser utilizado por determinados sujetos, entre ellos:
-
entidades financieras
-
entidades aseguradoras
-
emisores y administradores de tarjetas de crédito y pago
-
instituciones educativas privadas
-
entidades de medicina prepaga en determinadas condiciones.
Modificaciones en excepciones al régimen de comprobantes
La norma actualiza el listado de entidades y actividades exceptuadas de emitir comprobantes, reduciendo el alcance de algunas excepciones existentes en el régimen anterior.
Administración de puntos de venta
Se introducen ajustes en el sistema de administración de puntos de venta, permitiendo vincular cada punto de emisión con una actividad económica declarada en el Sistema Registral.
Vigencia
La resolución entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.
No obstante, las nuevas obligaciones de emisión de comprobantes para los sujetos alcanzados serán aplicables a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2026.
Desde la Cámara recomendamos a las empresas y profesionales consultar con su contador o asesor fiscal para evaluar el impacto de estas modificaciones en sus sistemas de facturación y procesos administrativos.
Leé la RG 5824/2026 acá: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338446/20260213